ElInforme Preliminar de Situaci贸n del Suelo Pa铆s Vasco debe presentarse en un plazo no superior a 2 a帽os a partir del inicio de la actividad potencialmente contaminante del suelo o haya un cambio de uso en un suelo donde se haya Huella de carbono Castilla y Le贸n; Huella de carbono Euskadi; Huella de carbono Navarra; Huella de carbono
Tramitaci贸ndel informe de situaci贸n de suelos contaminados; Actividades potencialmente contaminantes del suelo; Obligaci贸n de restaurar suelos contaminados;
actividadessusceptibles de causar contaminaci贸n en el suelo, y en los anexos III, IV, V, VI, VII y VIII, los criterios y est谩ndares que permiten decidir si un suelo est谩 o no contaminado, incluyendo los requisitos t茅cnicos que deber谩n ser tenidos en cuenta. Igualmente, se regula la forma y contenido del informe preliminar de situaci贸nElinforme de base de suelos consta de 4 partes diferenciada s: 1. Caracterizaci贸n de la actividad. En la que se define la actividad actual y las sustancias peligrosas que se usan actualmente, as铆 como el hist贸rico de sustancias que se hayan podido utilizar en el pasado (ya sea por la propia actividad o por otras que hayan estado Normativade aplicaci贸n en el Informe Preliminar de Situaci贸n del Suelo Arag贸n. Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relaci贸n de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y est谩ndares para la declaraci贸n de suelos contaminados. Orden PRA/1080/2017, de 2 de noviembre, por la que se
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